Software de Gestión adaptado a Verifactu
¿Qué es Verifactu?
Verifactu es un sistema implementado por la Agencia Tributaria Española con el objetivo de garantizar la veracidad, autenticidad e integridad de las facturas emitidas por empresas, autónomos y pymes. El Reglamento Verifactu está enmarcado dentro de la Ley Antifraude como una de las medidas más relevantes en materia de evasión y lucha contra el fraude fiscal.
Este sistema permite verificar, de manera sencilla y rápida, que las facturas sean válidas y no hayan sido manipuladas o eliminadas, lo cual ayuda a prevenir y combatir el fraude fiscal. El Reglamento Verifactu funciona mediante un mecanismo de verificación basado en un código QR único y una frase de autenticación, los cuales pueden ser utilizados por cualquier persona para comprobar la autenticidad de la factura en la sede electrónica de la AEAT. La idea es crear un entorno más transparente y seguro en las transacciones comerciales entre empresas-empresas y empresas-particulares.
El sistema se incorporará de manera obligatoria en todos los programas de facturación a partir del 1 de enero de 2026, lo que implicará que las compañías, sin excepción, deberán adaptarse para poder emitir facturas de manera que cumplan con los estándares establecidos por la AEAT. Aunque la implementación del sistema en las facturas será obligatoria para todos los software de gestión y facturación, su uso por parte de los autónomos y las empresas será opcional inicialmente. No obstante, según aseguran los impulsores de la reforma, su adopción ofrece numerosas ventajas, como la simplificación de los procesos fiscales y la posibilidad de integrar automáticamente las facturas en el sistema tributario. A largo plazo, estos beneficios reducirían la carga administrativa de los negocios y así mejorar la eficiencia en la gestión fiscal.
Plazos para la implementación de Verifactu
El Real Decreto 1007/2023 por el que se aprueba el nuevo reglamento de facturación, denominado como Reglamento Verifactu, establecía la entrada en vigor el 1 de julio de 2025. En el mismo RD, en la disposición final cuarta, así se acuerda: «[…] los obligados tributarios deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados […] antes del 1 de julio de 2025″. Por otro lado, el pasado 28 de octubre de 2024, se publica en la sede electrónica de la AEAT la Orden Ministerial que regula a los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). En la orden ministerial se establece que los SIF tienen un plazo de nueve meses para adaptarse a la normativa tras su publicación. Por lo tanto, los plazos de ambas regulaciones no coinciden. Si atendemos a estos plazos, la adopción de Verifactu sería obligatoria para finales de julio de 2025 y no a comienzos de mes como marcaba el RD 1007/2023.
Tras el lanzamiento de un documento sometido a consulta pública para la modificación de estas fechas, se ha establecido como fecha definitiva para el cumplimiento de Verifactu desde el 1 de enero de 2026. A los autónomos, a su vez, se les conceden unos meses más: hasta el 1 de julio de 2026.
¿Cómo cumplir con el Reglamento Verifactu?
A partir del 1 de enero de 2026, para cumplir con esta normativa, los contribuyentes tendrán dos opciones principales:
- Software Verifactu: Estos sistemas están diseñados para enviar automáticamente los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Esto asegura el cumplimiento de los requisitos esenciales, como la integridad de los datos, su trazabilidad, y la imposibilidad de alterarlos una vez registrados. Además, este enfoque minimiza el riesgo de errores y reduce la carga administrativa, ya que el proceso de reporte es automatizado.
- Software NO Verifactu: pero que esté adaptado a la normativa. En esta modalidad, el sistema de facturación no envía los datos directamente a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Sin embargo, el software debe cumplir con estrictos requisitos de la Ley Antifraude (. Por ejemplo, los eventos de facturación deben ser trazables, almacenarse de forma inalterable y estar disponibles para su revisión en cualquier momento que lo requiera la Administración.
Software de gestión adaptado Verifactu
Son pocas las compañías a nivel mundial, hasta los más pequeños autónomos, los que utilizan algún tipo de programa informático para gestionar su negocio. El auge y la popularidad de este tipo de herramientas las ha convertido en accesibles y asequibles para cualquier tipo de empresa. Para este reducido grupo de empresas que aún continúa con la gestión empresarial analógica, esto ya no va a ser posible a partir de 2026. Tendrán que utilizar de manera obligatoria un sistema capaz de cumplir con la Ley Antifraude (Verifactu) y con la Ley Crea y Crece (facturas electrónicas).
Las dos opciones posibles ya te las hemos comentado en el anterior punto, pero ambas pasan por la utilización de un software de gestión. Sin una de estas herramientas estarás expuesto a sanciones y multas dentro de la categoría de fraude fiscal. La Administración Pública aseguró que iban a lanzar su propia herramienta, aunque todavía se desconoce el estado de la misma. En la actualidad, por lo tanto, sólo existe la posibilidad de contratarlo a un ente privado. Aunque todos los programas de gestión y facturación están obligados a garantizar el cumplimiento de la norma, asegúrate de ello antes de contratarlo. Los software de gestión deben realizar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de Verifactu. Búscala en su página web o pregúntale por ella antes de lanzar a contratar ninguna aplicación.